Open Letter to Authorities

Guatemala: Carta del Observatorio: Caso Ramón Cadena

18-08-2026

Ginebra-París 13 de agosto de 2026

Honorables autoridades,

Reciban un cordial saludo del Observatorio para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos (el Observatorio), un programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH).

En nuestra calidad de organizaciones no-gubernamentales internacionales de derechos humanos, nos dirigimos a ustedes, como autoridades guatemaltecas, con el fin de exponer consideraciones fundamentales respecto al proceso seguido contra el abogado y defensor de derechos humanos guatemalteco, el Sr. Ramón Cadena Rámila, quien se enfrenta a un proceso de criminalización indebida en el caso catalogado por el Ministerio Público como “Botín Político USAC”.

El Observatorio recuerda que el Sr. Cadena es un destacado abogado de derechos humanos guatemalteco conocido por su labor en defensa de los derechos humanos, especialmente en casos relacionados con los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, y los derechos sobre la tierra y la justicia medioambiental; ha apoyado a varias organizaciones de derechos humanos y grupos de defensa legal en Guatemala.

Desde el mes de noviembre de 2023 hemos seguido de manera continua y rigurosa este proceso y, a la luz de la información documentada, de los estándares internacionales de derechos humanos y de las acciones de organizaciones regionales e internacionales, consideramos que este presenta patrones claros, reiterados y sistemáticos de persecución judicial, que constituyen una forma de criminalización indebida de la labor legítima de defensa de los derechos humanos. A continuación, se detallan las razones por las que estos patrones configuran una situación de criminalización:

Respuesta punitiva desproporcionada frente a una acción de protesta pacífica

Entre el 19 de mayo de 2022 y el 9 de junio de 2023, estudiantes, docentes, personas trabajadoras y defensoras de derechos humanos participaron en movilizaciones y una ocupación pacífica para defender la autonomía universitaria de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) frente a intentos de cooptación de las autoridades universitarias y a irregularidades en el proceso de elección de su rector.

El 14 de noviembre de 2023, en el marco de esas acciones de protesta pacíficas, el Ministerio Público giró 31 órdenes de allanamiento y 27 órdenes de aprehensión contra estudiantes, personal académico, personas defensoras de derechos humanos y abogadas, por los delitos de “usurpación agravada en forma continuada”, “depredación de bienes culturales en forma continuada”, “sedición en forma continuada” y “asociación ilícita”.

Estas acciones emprendidas por el Ministerio Público contra la comunidad académica de la USAC se enmarcan en una respuesta punitiva desproporcionada ante una acción de protesta pacífica, como fue la ocupación de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Por un lado, el uso del derecho penal para sancionar a personas en ejercicio de su libertad académica es incompatible con los Principios Interamericanos sobre Libertad Académica y Autonomía Universitaria y con las garantías del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, como ha indicado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Limitaciones al derecho a la defensa y a la asesoría legal de los estudiantes

La inclusión del Sr. Cadena en este proceso se deriva exclusivamente de su rol como asesor legal de estudiantes y por su solidaridad con la comunidad académica y estudiantil bajo represión, lo cual constituye un ejercicio legítimo de su profesión de abogado y de su derecho a defender los derechos humanos.

Las acciones entabladas contra el Sr. Cadena incluyeron, el 16 de noviembre de 2023, el allanamiento de su domicilio por parte de la Policía Nacional Civil y del Ministerio Publico, así como la subsecuente imputación por los delitos de “usurpación agravada en forma continuada”, “depredación de bienes culturales en forma continuada”, “sedición en forma continuada” y “asociación ilícita”, considerados desproporcionados y preocupantes.

Su persecución, en concreto, se enmarca en un contexto más amplio de persecución sistemática por parte del Ministerio Público de Guatemala contra abogados, fiscales y personas involucradas en la lucha contra la corrupción y en la defensa de los derechos humanos, como ha documentado El Observatorio en diversas ocasiones.

Se recuerda, además, que su persecución judicial conflictúa con los principios básicos de las Naciones Unidas relativos al papel de la abogacía que, en su principio 16, indican que “los gobiernos garantizarán que los abogados a) puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; (…) y c) no sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión”, entre otras garantías.

Limitaciones al derecho a la protesta, libertad de asociación y de asamblea

La naturaleza de los delitos imputados, particularmente figuras como “sedición” y “asociación ilícita”, entretanto desestimadas, evidencia un uso expansivo y descontextualizado del derecho penal, consistente con patrones identificados a nivel internacional en los que se instrumentalizan tipos penales graves para inhibir la protesta social, la participación cívica y la defensa jurídica. Este fenómeno ha sido ampliamente documentado por organismos internacionales como una estrategia para restringir el espacio cívico.

Violaciones al debido proceso

El desarrollo procesal del caso revela serias preocupaciones en materia de debido proceso, entre ellas demoras judiciales y suspensiones reiteradas de las audiencias. La orden de captura contra el abogado Ramón Cadena, emitida en noviembre de 2023, permaneció vigente durante aproximadamente dos años y once meses, hasta su ejecución el 10 de noviembre de 2025. Tras presentarse voluntariamente ante el Juzgado Décimo de Primera Instancia Penal, el Sr. Cadena permaneció 11 días en prisión preventiva y recuperó su libertad el 21 de noviembre de 2025 mediante una medida sustitutiva. Organizaciones internacionales de derechos humanos calificaron esta detención de arbitraria, mientras que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó preocupación por los retrasos indebidos, el uso de la prisión preventiva y las posibles afectaciones a las garantías del debido proceso.

En un proceso iniciado el 16 de noviembre de 2023, el avance procesal ha sido sumamente limitado. Hasta la fecha, únicamente se han celebrado una audiencia preparatoria y la audiencia de primera declaración, esta última posterior a la presentación voluntaria del Sr. Cadena ante las autoridades. Esta prolongada demora ha tenido graves consecuencias para el Sr. Cadena, entre ellas, afectaciones a su integridad física y psicológica, a la continuidad de su trabajo y a su estabilidad socioeconómica.

Adicionalmente, durante este tiempo, la defensa del Sr. Cadena ha propuesto diversos mecanismos y diligencias de investigación que han sido rechazados por el Ministerio Público. Estas circunstancias generan preocupación no solo por la prolongación injustificada del proceso, sino también por la falta de continuidad y de claridad en las actuaciones de investigación.

El 11 de mayo de 2026, una vez más, la audiencia correspondiente a la etapa intermedia del proceso seguido contra el Sr. Ramón Cadena y los estudiantes, el Sr. Cristopher Morales Estrada y el Sr. Pedro Ros, fue suspendida por incomparecencia del Ministerio Público. La audiencia fue reprogramada para el 19 de agosto de 2026, lo que prolonga aún más la tramitación del proceso.

Tortura psicológica

Estas prácticas de retardo malicioso y tortura psicológica son incompatibles con los estándares internacionales de derechos humanos y acceso a la justicia. Dichas presiones han forzado al Sr. Cadena, a sus 70 años de edad, a enfrentar largos períodos bajo la sombra y persecución de una orden de aprehensión, dificultándole el acceso a cuidados de salud, aislamiento social y incrementando su vulnerabilidad.

El Observatorio recuerda que mecanismos internacionales como el Comité Contra la Tortura han reconocido que la persecución judicial y el uso generalizado de condenas y de encarcelamiento contra personas que defienden derechos humanos e involucradas en actividades políticas son un indicador de riesgo de sufrir actos de tortura y malos tratos.

*

El Observatorio resalta que el caso del Sr. Cadena ha sido objeto de atención y preocupación por parte de mecanismos internacionales de protección de derechos humanos. En particular, la CIDH, la Relatora Especial cesante de las Naciones Unidas sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos, Mary Lawlor, y la Relatora Especial de la ONU sobre la independencia de magistrados y abogados, Margaret Satterthwaite, se han pronunciado al respecto, reconociendo los riesgos asociados a su labor.

Asimismo, el Sr. Cadena es beneficiario de la medida cautelar 661-16, otorgada por la CIDH desde 2016, tras sufrir un allanamiento intimidatorio por su labor como abogado, lo cual evidencia el nivel de riesgo estructural que enfrenta.

De igual forma, diversas organizaciones internacionales de reconocido prestigio, entre ellas la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), el Observatorio Internacional de Abogados en Riesgo (OIAD), la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH), han reconocido públicamente al Sr. Ramón Cadena como persona defensora de derechos humanos, además de abogado especializado en esta materia. Este reconocimiento no solo reafirma la legitimidad de su labor, sino que también refuerza la preocupación de que el proceso en su contra constituya un acto de represalia por el ejercicio de dicha labor.

Este caso no puede analizarse de manera aislada. Por el contrario, se inserta en un patrón más amplio de criminalización de personas defensoras, operadores de justicia independientes, periodistas y actores sociales en Guatemala, un fenómeno que ha sido reiteradamente señalado por mecanismos internacionales de protección de derechos humanos.

En consecuencia, respetuosamente instamos a las autoridades guatemaltecas a:

  1. Garantizar que todas las actuaciones judiciales en este caso se desarrollen con estricto respeto por los principios de independencia, imparcialidad y debido proceso, en respeto del Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) que garantiza el derecho a un juicio justo, estableciendo la igualdad ante los tribunales, la presunción de inocencia, y el derecho a ser oído públicamente por un tribunal independiente e imparcial, y del cual Guatemala es Estado parte;
  2. Que se realicen de manera diligente la audiencia programada para el 19 de agosto, en estricto respeto por el debido proceso;
  3. Que el Ministerio Público, actuando con objetividad, imparcialidad y estricto apego a la ley, solicite el sobreseimiento del caso USAC respecto del Sr. Ramón Cadena, y los estudiantes criminalizados en la misma causa penal, ante la falta de elementos suficientes que justifiquen la continuación de la persecución penal;
  4. Valorar de manera rigurosa el contexto de defensa de derechos humanos en el que se enmarca la actuación del Sr. Ramón Cadena;
  5. Frenar la convalidación de prácticas que puedan constituir formas de persecución judicial o criminalización de la defensa de derechos y retirar los cargos contra el Sr. Cadena y los estudiantes del caso Botín USAC;
  6. Asegurar que el proceso cumpla con estándares internacionales de transparencia, publicidad y acceso a observación nacional e internacional.

Agradecemos su atención a la presente y reiteramos nuestra disposición para contribuir al respeto y a la garantía de los derechos humanos en Guatemala.

Atentamente,

  • Organización Mundial Contra la Tortura, en el marco del Observatorio para las Personas Defensoras de Derechos Humanos
  • Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH), en el marco del Observatorio para las Personas Defensoras de Derechos Humanos
Scroll to Top