Urgent Appeal

Perú: Criminalización contra la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes

15-12-2021

El Observatorio ha recibido información sobre la criminalización contra la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD) y su presidente, Julio Ricardo Cusurichi. FENAMAD es una organización que defiende los derechos humanos de los pueblos indígenas en el departamento de Madre de Dios. La organización representa a los pueblos indígenas Yine, Amahuaca, Kichwa Runa, Shipibo, Ese Ejas, Matsigenka y Harakbut, así como a pueblos indígenas en situación de aislamiento y contacto inicial.

En junio de 2020, de manera privada, FENAMAD comunicó al Ministerio de Cultura los graves riesgos que enfrenta el pueblo indígena en situación de aislamiento Mascho Piro a raíz de la reactivación económica desde marzo de 2020, en el contexto de pandemia de COVID-19, de las actividades de la empresa maderera Canales Tahuamanu S.A.C en su territorio. Ello supone una vulneración de los derechos a la vida, a la salud y a la integridad física de las personas que conforman estos pueblos, así como sus derechos colectivos al territorio y autodeterminación. Desde marzo de 2007, el pueblo indígena Mascho Piro es beneficiario de medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por los daños irreparables y el riesgo de extinción que enfrentan debido a las actividades de terceros en sus territorios, particularmente de personas vinculadas a la extracción ilegal de madera.

Al no obtener respuesta del Ministerio de Cultura, el 6 de julio de 2020, FENAMAD hizo una denuncia pública sobre la entrada de maquinaria y de personal vinculado a la empresa Canales Tahuamanu S.A.C en territorio Mascho Piro. El 9 de julio de 2020, FENAMAD recibió una carta notarial de la empresa solicitando la rectificación de la información difundida en la denuncia pública, al considerarla falsa. FENAMAD no publicó la carta.

El 5 de octubre de 2020, la empresa Canales Tahuamanu S.A.C interpuso una demanda constitucional de amparo contra FENAMAD y su presidente Julio Ricardo Cusurichi por violación de los derechos al honor, a la buena reputación y a la imagen de la empresa, en base al artículo 2, numeral 7 de la Constitución Política del Perú y al artículo 3 de la Ley N° 26775 sobre derecho de rectificación, modificado por la Ley N° 26847.

El 13 de octubre de 2020, el Juzgado Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios admitió la demanda. El 14 de julio de 2021 el juzgado resolvió que FENAMAD violó los derechos al honor, a la buena reputación y a la imagen de la empresa Canales Tahuamanu S.A.C por sus denuncias públicas y ordenó a la organización publicar la carta notarial de rectificación en un plazo de dos días o a pagar una multa de 3520 Soles (770 Euros aproximadamente). Asimismo, el juzgado exhortó a FENAMAD y a Julio Ricardo Cusurichi a evitar situaciones como la considerada en el futuro, vulnerando, de este modo, sus derechos a la libertad de expresión y a defender los derechos humanos.

El 29 de noviembre de 2021, la Corte Superior de Justicia confirmó la sentencia contra FENAMAD y Julio Ricardo Cusurichi en segunda instancia. La organización y su presidente presentarán un recurso de amparo frente a esta sentencia.

El Observatorio expresa grave preocupación por el hostigamiento y criminalización contra FENAMAD, así como por las restricciones a sus derechos a la libertad de expresión y a defender los derechos humanos de los pueblos indígenas. El Observatorio muestra su más alta preocupación por la seguridad y la integridad física del pueblo indígena en situación de aislamiento Mascho Piro e insta a las autoridades peruanas a implementar de manera inmediata y exhaustiva las medidas cautelares otorgadas por la CIDH. El Observatorio urge a las autoridades peruanas a reconocer el racismo como ente articulador de las violaciones de derechos humanos contra los pueblos indígenas en el Perú, en especial, contra quienes defienden la tierra, el territorio y el medioambiente.

Asimismo, el Observatorio destaca que la sentencia se enmarca en un contexto de criminalización de las organizaciones y personas defensoras de los derechos humanos mediante el uso indebido del derecho constitucional, penal y administrativo contra quienes defienden legítima y pacíficamente los derechos humanos en Perú, tal y como denunció el Observatorio en su informe “Perú: La defensa de los derechos humanos obstaculizada por intereses económicos”.

Por todo ello, el Observatorio urge a las autoridades peruanas a revertir la sentencia contra FENAMAD y Julio Ricardo Cusurichi, a poner fin a todo acto de hostigamiento, incluido a nivel judicial, en su contra, y a poner término a la política de criminalización contra quienes defienden los derechos humanos, especialmente los defensores de la tierra, el territorio y de los derechos de los pueblos indígenas.

How You Can Help

Por favor, escriban a las autoridades del Perú urgiéndolas a:

i. Poner fin de inmediato a todo acto de hostigamiento, incluido a nivel judicial, en contra de FENAMAD, Julio Ricardo Cusurichi, así como de todas las personas defensoras de los derechos humanos de los pueblos indígenas en el Perú;

ii. Adoptar de manera inmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física de Julio Ricardo Cusurichi, la membresía de FENAMAD y el conjunto de personas que defienden los derechos de los pueblos indígenas en el Perú, e implementar sin mayor dilación y en su integridad las medidas otorgadas por la CIDH al pueblo indígena Mascho Piro;

iii. Implementar políticas de reconocimiento, incluyendo el reconocimiento público por parte de la presidencia de la República y otros altos funcionarios, de la importancia de la legítima labor llevada a cabo por las personas defensoras de derechos humanos en el Perú;

iv. Impulsar la efectiva implementación de la política pública integral de protección a las personas defensoras de derechos humanos, y garantizar el cumplimiento de sus componentes de protección, prevención y lucha contra la impunidad a través de un proceso amplio y participativo;

v. Impulsar con la participación de la sociedad civil una política pública para generar seguridad jurídica en los territorios de los pueblos indígenas, así como reforzar la institucionalidad en materia de prevención de conflictos, particularmente en territorios indígenas pendientes de titulación.

Addresses

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Perú en sus respectivos países.

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